miércoles, 10 de noviembre de 2010

Ley 7600

  LEY 7600

 Con el desarrollo de los Derechos Humanos a finales del Siglo XX y principios del XXI, se fomentó la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad a partir del Movimiento de Vida Independiente.  Generando así el Modelo de Derechos Humanos el cual se rige por los siguientes principios:

No-Discriminación:  consiste en eliminar toda distinción, exclusión o restricción basada en alguna discapacidad, su antecedente, consecuencia, o percepción de la misma, que tenga el efecto o propósito de disminuir la plena facultad de los derechos y libertades fundamentales.
Acciones afirmativas:  las acciones del estado dirigidas a promover la integración de las personas con discapacidad, no deben promover discriminación, distinción ni preferencia.
Diversidad:  constituye la plena aplicación de la frase “todos(as) somos igualmente diferentes”.
Igualdad de oportunidades:  es la equidad en el ofrecimiento de oportunidades para todos los individuos.
No-violencia:  es la eliminación de cualquier forma de violencia física, sexual, psicológica, patrimonial, tanto en el ámbito privado como público.
Accesibilidad:  es la existencia de facilidades y de seguridad para que todas las personas tengan libre acceso y movilización de acuerdo a sus necesidades y decisión.
Vida independiente:  es el pleno derecho de asumir el control de su destino y de su vida para la toma de decisiones.
Auto-representación:  es la oportunidad de participar activa y libremente en las decisiones que le afecten, con plena participación de los ciudadanos.
Participación plena en todas las actividades:  cualquiera que sea la edad o las circunstancias, todos los individuos deben tener plena libertad para su figuración social.

 

La rehabilitación basada en la comunidad (RBC)

Es una modalidad de desarrollo comunitario para la rehabilitación, la igualdad de oportunidades y la integración social de todas las personas con discapacidad.  Promueve los derechos y la participación de las personas con discapacidad, fortaleciendo el papel de sus organizaciones.  Además, promueve la colaboración entre varios actores a nivel comunitario en conjunto con las personas con alguna discapacidad y sus familias, para lograr la meta de ofrecer igualdad de oportunidades a nivel de la comunidad.
Los objetivos principales de la Rehabilitación basada en la comunidad son:
¨      Asegurar que las personas con discapacidad puedan desarrollar al máximo sus capacidades físicas y mentales, tener acceso a los servicios ya las oportunidades ordinarias y ser colaboradores activos dentro de la comunidad y de la sociedad en general
¨      Impulsar a las comunidades a promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad mediante transformaciones en la comunidad, como por ejemplo, la eliminación de barrera para la participación.



Atención en materia de Rehabilitación en Costa Rica:
En el mes de marzo de 1996, se promulga en nuestro país la Ley 7600 “Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad”, con esta ley inicia un movimiento social y la generación de consenso para reestructurar los servicios y conceptos de rehabilitación que hasta ese momento se aplicaban para personas con discapacidad.
Como consecuencia a este nuevo sentido que se le da a la rehabilitación, se ha podido observar la mejora de la calidad de vida y el incremento de la relación entre salud y desarrollo.
El estado mediante sus instituciones, debe garantizar que todas las personas con discapacidad, permanente o temporal, reciban servicios y bienes (para la OMS, son instrumentos, equipos o tecnología adaptada o especialmente diseñada para mejorar el funcionamiento de una persona con discapacidad) con el fin de aumentar la función y capacidad física, mental o sensorial necesarias para ejercer las actividades cotidianas de la forma más independiente posible.
Gracias a la Ley 7600 el sector salud promueve un proceso de descentralización de servicios de rehabilitación médica para ofrecer servicios en los diferentes niveles de atención.


Oferta de servicios de rehabilitación en Costa Rica
En Costa Rica los servicios de rehabilitación para personas con discapacidad, se brindan en primera instancia en el sector salud pero por su demanda, a estas se han unido empresas gubernamentales y no gubernamentales.
En el área de salud los servicios que se ofrecen se brindan a través de:
El Ministerio de Salud: es el ministerio encargado de velar por el buen desempeño de las funciones relacionadas con la salud pública.
Instituto Nacional de Seguros (INS):  es la institución encargada de cubrir los riesgos e enfermedad profesional, accidentes laborales y de tránsito.
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados:  es quien provee y regula la calidad de agua para el consumo humano y eliminación de aguas sucias.
Entre las empresas gubernamentales y no gubernamentales que promueven la rehabilitación basada en la comunidad, están:
MEP:  con la ley 7600 se adopta una nueva definición de Educación Especial: “… es el conjunto de apoyos y servicios a disposición de los alumnos con necesidades educativas especiales, ya sea que los requieran temporal o permanentemente”.  La educación especial, debe brindar programas y servicios para la atención a las oportunidades, participación, no discriminación y autonomía personal.  Dentro de la enseñanza especial, se encuentran servicios como trabajo social, psicología, orientación, asistente de aula, terapia física y terapia ocupacional.
Junta de Protección Social (JPS):  la labor de la Junta de Protección Social ha sido variada.  En ayudas técnicas en 1998, en coordinación de CENARE, se inicia una distribución de sillas de ruedas, audífonos, bastones, muletas y camas; entre otras obras que a diario realiza la Junta en nuestro país.
Patronato Nacional de la Infancia (PANI):  esta institución se encarga de ejecutar proyectos relacionados con ayudas técnicas y otros servicios de apoyo.
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS):  brinda apoyo para cubrir necesidades básicas tales como alimentación, medicamentos, ayudas técnicas, entre otras.
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE):  es el encargado de orientar la política en materia de rehabilitación y educación especial, en coordinación con diferentes ministerios, organismos e instituciones nacionales, colegios profesionales y otras instituciones públicas y privadas.  Planifica, promueve, organiza, crea y supervisa los programas de rehabilitación y educación para personas con alguna discapacidad.


        Definiciones importantes

 

Deficiencia

La diversidad responde a un concepto universal, bajo el que se ampara la idea de que la humanidad difiere en muchos aspectos personales y culturales (clase, género, nacionalidad, religión, preferencias, edad, limitaciones, situación económica, entre otros). 

Pretende la búsqueda de la equidad, el respeto a los derechos humanos, la legitimación del valor y el potencial humano, el trato sin discriminación, y el abandono de prejuicio y estereotipos.

Involucra el conocimiento de las diferencias para tratarlas según su naturaleza y derechos, con el fin de mejorar la calidad de los servicios.  Su práctica facilita la interacción entre personas en armonía con el entorno.

Accesibilidad

Las diferentes esferas de participación social que conforman el entorno (actitud, información y comunicación, servicios de apoyo y ayudas técnicas, jurisdicción, políticas, normas y procedimientos institucionales, administración, espacio físico, transporte, tecnología) deben adaptarse a las necesidades de todas las personas.

¨      Derechos Humanos

Toda persona merece condicione adecuadas para su desarrollo integral, por el sólo hecho de “ser persona”, sin distinción de ninguna clase, las cuales son necesarias para que se desarrolle plenamente en todas las áreas de la vida.

Permiten vivir en igualdad, libertad y dignidad con otras personas.  Los derechos humanos son: universales, inviolables, intransferibles, imprescriptibles, irrenunciables, interdependientes, complementarios, indivisibles, integrales, inalienables, irreversibles, transnacionales, progresivos y jurídicamente exigibles.  Incluyen derechos civiles y políticos, de humanidad, económicos, sociales y culturales.

¨      Discapacidad

Es la limitación en la interacción de una persona y sus factores externos tanto ambientales como personales.  Según el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial “la discapacidad no es un atributo de la persona, sino un problema social”.

¨      Rehabilitación

Es el proceso global y continuo, de duración limitada y con objetivos definidos, encaminado a permitir que una persona con deficiencias alcance un nivel físico, mental y social óptimo, proporcionándole así los medios que le así los medios que le posibiliten llevar en forma independiente y libre su propia vida.  Puede comprender medidas encaminadas a compensar la pérdida de una función o una limitación funcional, y otras encaminadas a facilitar ajustes o reajustes sociales.

Este es un proceso coordinado mediante el cual se facilita a las personas con discapacidad congénita o adquirida, temporal o permanente, bienes, servicios y modificaciones del entorno con fin de recuperar, desarrollar o fortalecer sus habilidades físicas, mentales o sociales, para un estado funcional óptimo, que les permita el goce de autonomía personal y vida independiente.

¨      Servicio de apoyo
Son ayudas técnicas, equipo, recursos auxiliares, asistencia personal y servicios adquiridos por las personas con discapacidad para aumentar su grado de autonomía y garantizar oportunidades equiparables de acceso al desarrollo.

¨      Ayudas técnicas

Son los elementos adquiridos por una persona con discapacidad para mejorar su funcionalidad y garantizar su autonomía.